Bienvenid@s a ECO-CHÉVERE ECO-CHÉVERE: Celebran con nueva ley los 39 años del Medio Ambiente

Celebran con nueva ley los 39 años del Medio Ambiente

   En el marco del Día Mundial del Medio Ambiente, el presidente de la República, Mauricio Funes, hizo pública la Ley ambiental que regirá a El Salvador.  Este nuevo marco legal, aprobado el 30 de mayo, debe por Ley ser actualizado cada cinco años. El objetivo de la misma es facilitar y delinear el trabajo que las instituciones gubernamentales pondrán en marcha en pro del Medio Ambiente.


  El presidente salvadoreño destacó la importancia del marco legal que contribuirá al actuar de Protección Civil y otras entidades, ante emergencias que se presenten por fenómenos naturales. A escala nacional ya se cuenta con seis  radares meteorológicos que contribuyen a pronosticar el clima. Estas serán monitoreadas por más de 600 observadores locales, capacitados con fondos del Estado.  Herman Rosa Chávez, titular del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), explicó que la política persigue “revertir la degradación ambiental y reducir la vulnerabilidad frente al cambio climático. Para avanzar se plantean seis líneas prioritarias de acción”.

Estadísticas de daños
·   1. Cada año, en menor o menor grado, en El Salvador, se ve fuertemente afectado por los fenómenos climáticos. El más reciente fue el ocurrido con el paso de la tormenta tropical 12E, en octubre de 2012.
·      2.  Dejó pérdidas por $1,968 millones al país y 35 fallecidos.
·     3. Las autoridades de Protección Civil han identificado 2,724 áreas susceptibles a riesgos por lluvias en todo el país. De estas, detallaron, 1,067 son susceptibles a inundaciones, 1,741 a deslizamientos y 28 a obstrucciones de bóvedas.

Actividades a realizar:
1.La restauración de ecosistemas y paisajes degradados, ya que el país tiene una degradación ambiental muy severa y se requiere no solo frenarla sino también revertirla.
2.El saneamiento ambiental integral (pasando porque los ríos tienen altos niveles de contaminación)
3. El tratamiento de los vertidos y los desechos sólidos (incorporan  los criterios ambientales, planes y programas en la aplicación de la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial.  




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